La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del Indecopi decidió sancionar en primera instancia administrativa a nueve universidades, debido a que vulneraron normas de protección al consumidor causando perjuicio a estudiantes de estas instituciones, según informó Gestión. Las infracciones fueron cometidas por dichas casas de estudios están recogidas en los literales a) y g) del artículo 56.1 y al artículo 73 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Las sanciones económicas tienen como fin el disuadir o desincentivar que se realicen infracciones que sean perjudiciales para los consumidores, en el marco de la prestación del servicio de educación superior.
La suma total de las sanciones es de 1224.6 UIT (unidades impositivas tributarias), lo que es equivalente a S/ 5′388,240. De esta manera, por cobrar un interés moratorio mayor al permitido legalmente, la referida comisión sancionó en primera instancia a la Universidad Privada Norbert Wiener S.A., con S/ 743,600 (169 UIT); a la Universidad San Ignacio de Loyola S.A., con S/ 148,720 (33.8 UIT); a la Universidad Autónoma del Perú S.A.C., con S/ 104,720 (23.8 UIT); a la Universidad Científica del Sur S.A.C. por cuenta propia y en calidad de absorbente de Universidad Privada SISE S.A.C. con un total de S/ 152,240 (2.7 UIT y 31.9 UIT, respectivamente), a la Universidad Antonio Ruíz de Montoya con S/ 4,840 (1.1 UIT); y, a la Universidad Seminario Bíblico Andino, con S/ 1,320 (0.3 UIT).